INFORMACION RELEVANTE PARA LOS PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE LA SALUD
El Colegio de Nutricionistas Universitarios de Chile A.G., invita a sus asociados a leer y difundir entre los Profesionales Universitarios de la Salud, el documento presentado a continuación, redactado por el Colegio de Kinesiólogos de Chile.
Nuestro Colegio Profesional, representado por los dirigentes de sus dos últimas Directivas Nacionales, han participado activamente en las diferentes tareas y actividades tendientes a modificar el Articulado de la Ley LOCE , que nos niega la categoría de profesiones exclusivamente universitarias.
Se han desarrollado documentos que respalden nuestra Disciplina, se ha participado en protestas públicas en conjunto con los alumnos de las Carreras Universitarias, se ha acudido a las Cámaras de Senadores y de Diputados, a fundamentar y a observar las discusiones y votaciones.
Ya podemos tener esperanzas, pero aún quedan las sesiones de la Cámara de Diputados, en las que deben aprobarse definitivamente las modificaciones sugeridas.
Necesitamos de todos y cada uno de los Nutricionistas de Chile, de sus familias, pacientes, amigos y conocidos, para apoyar nuestras justas peticiones, ya sea asistiendo a las sesiones de la Cámara de Diputados o enviando mensajes a los parlamentarios.
Adjuntamos resumen de sesiones, incluyendo la realizada el martes 2 de agosto, en la cual se aprobó la idea de legislar.
DR. ERIK O. DIAZ BUSTOS
Presidente Nacional
Los profesionales de la salud debemos tener claro quienes son los parlamentarios que nos han brindado su apoyo y que legisladores nos han negado su voto.
APROBADA LA MOCIÓN DE LEGISLAR PROYECTO DE LEY CONTENIDO EN EL BOLETÍN Nº 3849-0 4
(Este informe ha sido redactado por el Klgo. David López Sánchez, Ex Presidente del Colegio de Kinesiólogos, quien ha encabezado hasta la fecha las gestiones tendientes a lograr la exclusividad universitaria para nuestras profesiones)
El martes 2 de Septiembre del año 2008 será recordado como un día histórico para las profesiones de la salud de Chile. Después de varias largas jornadas en que se rediscutió el Proyecto de Ley que reconoce exclusividad de la formación universitaria de estas disciplinas, se ha aprobado finalmente la idea de legislar y se abre la oportunidad definitiva para que se corrija el Artículo 56 de la LOCE , Ley que en un acto arbitrario, carente de equidad y de todo sentido común, vulneró las expresas indicaciones del Artículo 112 del Código Sanitario, el que en su inciso primero, dispone que estas Carreras del área de la salud deben ser exclusivamente universitarias.
Los Colegios Profesionales hemos estado presentes en todas esas sesiones, participando en la intransable defensa de la pertinencia de formación para aquellos que somos los actores del cumplimiento de las políticas sanitarias y cuyas intervenciones profesionales inciden en la calidad y seguridad de atención de un bien superior de la nación, como es la salud de todos los chilenos.
Por ello, conforme a nuestra oportuna comunicación a los Honorables Diputados de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, en cuanto a que informaríamos en detalle al pueblo de Chile, la forma en que los parlamentarios han votado esta iniciativa, en relación a la protección de un bien superior tan preciado, como es la naturaleza de formación disciplinar de los profesionales de la salud de Chile, paso a describir los hechos:
La Diputada Carolina Tohá, el Diputado Gabriel Silber, el Diputado Rodrigo González y el Diputado Germán Verdugo siempre defendieron la convicción de que aquí se estaba hablando de Disciplinas de la Salud , con un conocimiento que le es propio y por tanto estas Carreras deben ser incluidas en el Artículo 56 de la LOCE , ésto porque la Disciplinas requieren el grado de Licenciado antes de la obtención de título profesional.
Los Decanos de las Facultades de Medicina fueron enfáticos en afirmar que estas profesiones, ante el acelerado avance tecnológico y del conocimiento, demandan cada vez más una formación que les entregue un estudio amplio y profundo de sus disciplinas para responder con soluciones eficientes en los distintos niveles de complejidad en que su intervención en salud es requerida. Coincidieron también con el Ministerio de Salud en que la transversalidad de las decisiones del equipo de salud y la importancia de la seguridad de atención en salud, exigen que los estándares de formación no pueden sino orientarse hacia el mejor nivel que podamos asegurar como País para estas profesiones y que esa formación solo la pueden garantizar las universidades, pues son la únicas instituciones de educación superior que están obligadas a desarrollar el pensamiento crítico y la investigación. Además son las únicas entidades facultadas para otorgar grados de Licenciatura, Magíster y Doctorado, desarrollo natural de las profesiones de la salud.
El representante del Ministerio de Salud , Dr. Jorge Carabantes argumentó que la salud chilena se desarrolla en un ambiente conceptual rector de salud orientado hacia la Atención Primaria y un modelo Biosicosocial en la confección de sus políticas. Esto implica que la horizontalidad de las decisiones en salud y la delegación de responsabilidad, es una acción cotidiana en la relación interdisciplinaria del equipo de salud, todo lo cual demanda un lenguaje y relevancia común de los roles profesionales y sus acciones específicas. El modelo de atención chileno se basa en un sistema de redes, es un sistema por tanto que se sustenta y descansa en la seguridad de formación de su capital humano y profesional, esto porque los profesionales deben fundamentar científicamente sus decisiones en la Medicina Basada en la Evidencia - MBE e investigación, trasladando el conocimiento adquirido a través de su juicio crítico y razonamiento clínico a la acción terapéutica y aplicación tecnológica sobre los individuos (pacientes) y/o la población.
Coincidentemente con lo expresado en varias oportunidades por el Presidente de la Comisión de Educación, Diputado Manuel Monsalve, este desempeño hace exigible a estas profesiones, que intervienen en la confección de las Guías Clínicas de las patologías GES, una formación científica disciplinar rigurosa, situación que sobrepasa la capacidad de capacitación que ofrecen en esta área, entidades distintas de las universidades. Además, el Dr. Carabantes y el Diputado Monsalve señalaron que el Código Sanitario, en sus mandatos rectores del funcionamiento de salud chileno, estipula que estas profesiones de colaboración médica deben ser de formación universitaria, el MINSAL por tanto apoya la reposición de esta exigencia de formación.
El Diputado UDI Manuel Rojas y el Diputado DC Mario Venegas en muchas oportunidades hicieron consultas a todos los participantes de estas reuniones para esclarecer las dudas que surgieron en la discusión de este Proyecto. Particularmente, porque en forma equivocada en algún momento de la discusión, la atención de la disciplinariedad se desvió y el asunto se trató desde la perspectiva del aseguramiento de la calidad.
Lo anterior porque con la participación del MINEDUC, la autoridad de Educación dejó ver que en estas profesiones, coincidentemente con la postura de los Institutos Profesionales, le interesa mantener la actual normativa sin cambios. Sus representantes dejaron en claro que solo les interesaba una formación para el trabajo y el cumplimiento operativo de funciones en estos profesionales, ante lo cual bastaba con el sistema de aseguramiento de la calidad, esto a pesar que la autoridad contradictoriamente reconocía en sus argumentos que según la actual LOCE, la cuestión de la disciplinariedad es la que debe definir aquellas profesiones que se deben incluir en la LOCE , tema que nunca tocó, ni analizó en profundidad en relación a cada una de las profesiones contempladas en este Proyecto.
Fue gravitante el día martes 8 de Agosto, en donde después que hablara el representante de la Comisión Nacional de Acreditación - CNA -, la Comisión votaría la decisión de legislar o rechazar el Proyecto.
El representante de la Comisión Nacional de Acreditación dejó bien en claro que, la Acreditación es un mecanismo y una estrategia para asegurar que un formador cumple con aquello a lo cual se compromete hacer en el proceso académico de dictar una carrera, exigencia que se le solicita acreditar a los Centros de Formación Técnica e Institutos Profesionales y Universidades sin excepción. Asimismo explicó que no se puede confundir el rol de la CNA, sus procesos no tienen injerencia sobre otras definiciones como son en cuantos años formar un profesional, ni para qué formar, escapando esta materia a su competencia. Su leitmotiv es la calidad de los procesos, con un énfasis en el control y la gestión académica en sí misma, esto implica planta docente, infraestructura, laboratorios, sistemas de registros, número de egresados versus matrícula, cumplimiento programático, etc. En ningún caso la disciplinariedad de las carreras.
Acto seguido comentó que existían estos vacíos en la actual LOCE. Esta explicación, por su contundencia, desechó los argumentos de aquellos que veían en la Acreditación de la Calidad la tabla de salvación para mantener el statu quo en esta materia, incluido el MINEDUC.
El representante del MINEDUC no tuvo esta vez otra opción que reconocer el mismo vacío, dijo que reconocía además que algunas de las profesiones aducidas en este Proyecto cumplirían, a su juicio personal, con la condición disciplinar, además agregó explícitamente que el Estado no tenía contemplado avanzar con una mayor intervención del modelo actual de Educación Superior en esta materia. Por último, argumentó que ante este problema, la autoridad de educación estimaba que era necesario avanzar hacia un sistema de habilitación profesional, sistema que definiría la cuestión de la idoneidad de formación en el nivel de entrada al ejercicio profesional.
El Presidente de la Comisión, Diputado Monsalve y el Diputado Venegas, representaron al MINEDUC que ante lo expuesto por la CNA y el propio MINEDUC quedaba claro que, la protección de la idoneidad y naturaleza disciplinaria de estas profesiones basados en la actual LOCE era entonces función del Artículo 56 de la LOCE. Coincidieron además que ante la falta de propuestas del ejecutivo al respecto, no existían contradicciones con la idea de emprender otras acciones legislativas de control del ejercicio profesional, como son los sistemas de habilitación y que esperaban esas propuestas del ejecutivo para analizarlas. Asimismo enfatizaron que ante la inexistencia de iniciativas en la actualidad en el sentido requerido, lo único que puede salvaguardar la naturaleza de formación disciplinaria de estas profesiones es la aprobación del Proyecto. Conforme a lo dicho se procedió a la votación nominal del Proyecto de Ley.
(Quiero recordarles colegas que el año 2003, cuando se discutió la Ley de Aseguramiento de la Calidad, fuimos los propios Colegios Profesionales de la Salud los que redactamos un Artículo 6to. Transitorio, introduciendo en ese entonces la necesidad de establecer un sistema de habilitación profesional, iniciativa que no prosperó y que hoy el MINEDUC presenta como la solución al tema del ejercicio profesional como un tema distinto, toda vez que en realidad en este Proyecto estamos definiendo la idoneidad, pertinencia y estándares de formación de las profesiones de la salud).
Lo anterior dio pie para que Diputados como don Manuel Rojas y don Mario Venegas , después de todas sus razonables consultas, llegaran a la convicción en su condición de profesores de estado además de Diputados, en que no es posible que el Estado eluda su responsabilidad de regular la formación curricular en esta delicada materia y en definitiva votaron también a favor del Proyecto.
Las Diputadas Sra. Clemira Pacheco Rivas y Sra. Ximena Vidal Lázaro, al igual que los Diputados Germán Verdugo y Germán Becker, siempre apoyaron este Proyecto , fundamentando insistentemente en la naturaleza disciplinar de estas profesiones y el impacto social de sus acciones, condición que hace que su nicho obligado de formación sin discusión, sean las universidades.
Los Diputados UDI José Antonio Kast Rist, Sergio Bobadilla Muñoz, Marcela Cubillos Sigall votaron en contra del Proyecto.
El primero argumentó varias veces que en su opinión, estas carreras debían tratarse por separado y que para él era necesario analizar caso a caso la disciplinariedad de las mismas. El Diputado Sergio Bobadilla coincidió con los Institutos Profesionales en el sentido que en esta industria lo importante era la calidad de los formadores y que el hecho de que existan hoy universidades estatales y privadas que no están acreditadas, justifica que para regularlas debe hacerse a través de la acreditación de la calidad. El Diputado Bobadilla nunca tocó el asunto de fondo, la disciplinariedad de las mismas y la relación del formador son el producto de su proceso académico (de hecho mantuvo su postura a pesar de que el propio representante de la CNA explicó que la naturaleza disciplinar que zanja el Articulo 56 de la LOCE, no es de incumbencia de la CNA, tratar, ni decidir).
La Diputada Cubillos nunca intervino, ni pidió la palabra durante todas las discusiones , en realidad desconocemos sus razones y argumentos, solo se limitó a entrar un par de minutos durante algunas sesiones, comer un par de galletas y retirarse rápidamente, sin siquiera escuchar o replicar la argumentación de los distinguidos personeros que asistieron al Congreso, y que dejaron sus importantes funciones para explicar sus visiones en la discusión de este sensible Proyecto para la Educación Superior chilena. Llamamos a la comunidad toda a juzgar este tipo de ejercicio legislativo de sus representantes.
Por último, deseo expresar una vez más el compromiso de los Colegios Profesionales porque se legisle cautelando los mecanismos que garanticen la existencia de programas de Licenciatura para los futuros egresados de Institutos Profesionales, cautelando así su desarrollo y competitividad futura.
Coincidimos al respecto con la Comisión Nacional de Acreditación en que la responsabilidad social de los formadores debe evitar la creación de brechas de oportunidad de inserción laboral para aquellos que sin una adecuada información, han entrado a estudiar estas profesiones en los IPs. Estos alumnos egresarán sin un título que les permita acceder a la Licenciatura directamente, contrariamente a lo que establecerá la LOCE una vez incluidas estas profesiones en el Artículo 56.
Con ello la CNA llama a la sociedad a evitar la falaz destrucción de las propiedades de movilidad social del sistema de educación superior, particularmente en el desarrollo de los más pobres, con procesos académicos inconsistentes, relegando a los egresados de esos procesos a acceder a trabajos peor remunerados y sin la posibilidad de perfeccionamiento y post grado como sucede en este caso.
En sintonía con esa visión, los Colegios Profesionales nos comprometemos a promover las indicaciones en este Proyecto que garanticen los principios de equidad e igualdad de oportunidades de desarrollo para los jóvenes que hoy estudian en esas entidades.
Contrariamente a lo expresado por los representantes de los IPs, las regulaciones existentes en esta materia en los países desarrollados, nos confirman que el mejor motor para dinamizar el mercado de la educación técnica en Chile y potenciar el rol de los CFTs e IPs, es precisamente establecer estas definiciones, promoviendo así un sistema jerárquico de formación para toda la vida.
Esas regulaciones, con una línea ordenadora del mercado y la producción, establecen la importancia para la economía de los distintos niveles de formación técnica y profesional e impulsan separadamente la valoración societal de las funciones de las entidades responsables de esos niveles de formación y capacitación, estableciendo un nicho que les es propio a los niveles intermedios y técnicos.
La legislación que hoy se decidió aprobar en la Comisión de Educación, evita que aquellos que deben desarrollar esos procesos intermedios de formación, como son los propios CFTs e IPs, ante las debilidades regulatorias del sistema de educación superior, abandonen el rol para el cual fueron creados y emprendan carreras sin responsabilidad social, ni preocupación por la suerte futura de sus egresados.
Los Colegios Profesionales además manifiestan su agradecimiento a todos aquellos que han apoyado nuestro transitar hasta estas instancias en pro del beneficio del País. Esto por la amenaza a la seguridad de atención en salud que la desprotección de estos estándares de formación representaba para la población chilena.
DIRECTORIO NACIONAL. COLEGIO DE KINESIOLOGOS DE CHILE
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